Cuando la Dian inicia un proceso de fiscalización al contribuyente, y como producto de esa actuación le determina impuestos a pagar, le cobra intereses y le impone sanciones, el contribuyente puede ejercer su defensa ante la misma Dian, pero esta rara vez revoca sus propios actos administrativos y sigue adelante con la ejecución.
En tales casos el contribuyente puede recurrir a la justicia administrativa y demandar la nulidad de los actos proferidos por la Dian, lo mismo que reclamar el restablecimiento de sus derechos, y eso se logra con la acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
En grandes procesos casi siempre es necesario recurrir al tribunal administrativo para conseguir la nulidad de las sanciones que impone la Dian.
La acción de nulidad y restablecimiento del derecho tiene como objetivo declarar la nulidad del acto administrativo acusado, que implica el restablecimiento automático del derecho afectado por ese acto administrativo.
Si el acto administrativo anulado imponía el pago de un impuesto o una sanción, al declarar su nulidad desaparece para el contribuyente la obligación de pagar ese impuesto o sanción.
« El artículo 720 del Estatuto Tributario prevé que contra las liquidaciones oficiales, las resoluciones que impongan sanciones u ordenen el reintegro de sumas devueltas y los demás actos producidos en relación con los impuestos procede el recurso de reconsideración. Dicha norma señala una excepción, pues podrá demandarse directamente la nulidad de la liquidación oficial cuando el requerimiento especial fue atendido en debida forma.»