
Hasta el próximo 19 de octubre, los colombianos que son personas naturales tienen la oportunidad de declarar y pagar el impuesto sobre la renta correspondiente al año 2022.
Si aún no ha cumplido con esta obligación, es importante tener en cuenta los siguientes puntos, explicados por Andrés Vélez, experto en asuntos tributarios:
1- Multas
Según Vélez, es crucial revisar regularmente el calendario tributario establecido por la Dian. Si se pasa la fecha límite, deberá pagar una multa mínima de 424.000 pesos. Además, aquellos que opten por evadir esta responsabilidad podrían enfrentar sanciones más severas que podrían alcanzar hasta el 20 % de sus ingresos brutos.
2- Beneficios para ahorrar dinero
El experto destaca que, independientemente de si se cumple con el plazo o no, la ley contempla ciertos gastos que pueden generar beneficios financieros al momento de tributar, como los siguientes:
- Pagos de medicina prepagada: Si durante el año 2022 realizó pagos por una póliza de salud para usted, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes económicos por un total de $608.000, podría obtener descuentos.
- Intereses del Icetex: Aquellos con créditos otorgados por esta entidad pueden deducir los intereses abonados, siempre que no superen 100 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a $3.800.000 en 2022.
- Intereses de crédito hipotecario: Si adquirió una vivienda mediante un préstamo, podría acceder a deducciones por intereses o corrección monetaria, siempre que no sobrepasen 100 UVT al mes o 1.200 UVT al año, lo que equivale a $3.800.000 y $45.605.000, respectivamente.
- Donaciones: En caso de realizar donaciones a entidades sin ánimo de lucro que estén bajo un régimen especial del impuesto sobre la renta, podría beneficiarse con un descuento del 25 % del total donado.
- Gastos de dependientes: Si tiene a su cargo hijos menores de 18 años, menores de 23 años que estén estudiando o mayores de 23 en situación de dependencia debido a factores físicos o psicológicos, podría deducir hasta el 10 % de sus ingresos brutos y un máximo de 32 UVT o $1.216.000 mensuales.
Se recomienda que, incluso si tiene un saldo a su favor, continúe presentando su declaración, ya que esto le permitirá retener ese saldo y no perderlo.