DIAN: Mecanismo de facturación especial por contingencia para los días sin IVA.

La Dian ha informado a los proveedores tecnológicos que la Resolución 000117 del 21 de octubre de 2021 contempla la contingencia especial para los días sin IVA del año 2021, con el fin de mitigar efectos negativos que se puedan presentar por inconvenientes técnicos, tecnológicos u operativos. Estableciendo la posibilidad de expedir tiquete de máquina registradora POS o factura de talonario o papel cuando se presenten contingencias que impidan expedir la factura electrónica.

En estos casos, precisa la Dian, por cada factura de talonario o tiquete de máquina registradora tipo POS, se debe generar el documento electrónico de transmisión, con la siguiente información:

  • Identificación del tipo de documento, factura de talonario o de papel, o tiquete de máquina registradora con sistema POS, que fue expedido en el periodo de la contingencia.
  • El número consecutivo autorizado por la DIAN para factura de talonario o de papel o tiquetes de máquina registradora tipo POS, utilizado durante la contingencia.
  • El número de identificación del consumidor final.
  • La totalidad de la información requerida para “el documento electrónico de transmisión”
  • La información correspondiente al código único de documento electrónico- CUDE, el cual se elabora al momento de la generación del respectivo documento.

El documento electrónico de transmisión deberá enviarse a la DIAN dentro de los quince (15) días calendario siguiente al momento en el que se supera la contingencia especial, de acuerdo a las condiciones, término y mecanismos técnicos, incorporados en el anexo técnico 1.8.

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