
Los responsables del IVA, obligados a presentar la declaración de forma bimestral (por tener ingresos brutos, gravados y exentos, iguales o superiores a 92.000 UVT), deberán presentar la declaración correspondiente al bimestre noviembre-diciembre de 2022 entre el 11 y el 24 de enero de 2023. Lo anterior, teniendo en cuenta el último dígito del NIT registrado en el RUT, sin considerar el dígito de verificación, esto establecido en el Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1778 de 2021.