Ley 2155 de 2021: Reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios.

Según el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021 quienes tengan deudas administradas por la Dian o por entes territoriales, pueden acceder al beneficio de reducción transitoria de sanciones e intereses. Con referencia a las obligaciones que presenten mora en el pago a (30) de junio del presente año, y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19.

Las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán en los siguientes términos:

  • Las sanciones, incluyendo aquellas que se liquiden en actos administrativos independientes, y sus actualizaciones se reducirán al 20% del monto previsto en la legislación tributaria, aduanera o cambiaria.
  • La tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 de Estatuto Tributario, será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente al 20% de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Es importante mencionar los requisitos para acceder a la reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios, teniendo en cuenta que con las sanciones actualizadas se puede reducir en un 80% del monto total de la sanción adeudada.

  • Los requisitos corresponden a hechos ocurridos con anterioridad al 30 de junio 2021, que el incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19 y que se realice el pago hasta el 31 de diciembre de 2021.

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