¿Quiénes sí y quiénes no recibirán la prima de mitad de año?

La fecha límite para el pago de la primera prima de servicios del año, conocida como prima de mitad de año, es el 30 de junio. Esta prima consiste en un reconocimiento en efectivo que se otorga a los empleados por haber completado medio año de trabajo en una entidad pública o privada. Aunque el Código Sustantivo del Trabajo establece que las empresas están obligadas a pagar esta prima, no todos los empleados tienen derecho a recibirla.

Los beneficiarios de esta prima incluyen a los trabajadores con contratos indefinidos, fijos y aquellos que cumplen las condiciones de empleados dependientes. También se incluyen en esta categoría los trabajadores del servicio doméstico, los choferes de servicio familiar, los trabajadores por días y los trabajadores de fincas.

Sin embargo, hay ciertas categorías de empleados que no recibirán la prima. Estos incluyen a los trabajadores independientes, aquellos bajo contrato de prestación de servicios, los trabajadores transitorios, aquellos que reciben un salario integral, los trabajadores ocasionales o temporales, y los aprendices o personas con contrato de aprendizaje.

El monto de la prima de mitad de año corresponde al salario anual y se divide en dos pagos. Por ejemplo, si se gana mensualmente $1’500.000, se recibirán dos pagos de $750.000, uno en junio y otro en diciembre. Para aquellos empleados que no hayan cumplido el año o semestre completo en la empresa, se calcula proporcionalmente utilizando la fórmula: salario x tiempo laborado en días / 360, según lo establecido en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.

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